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Consideración de la representabilidad
La consideración de la representabilidad conduce a componer el sueño como un rébus, un pictograma a descifrar. En la imagen: rébus en un calendario de mil ochocientos sesenta y uno. La consideración de la representabilidad, traducido en ocasiones asimismo como «miramiento por la figurabilidad» (en alemánRücksicht auf Darstellbarkeit) es un término psicoanalítico desarrollado por Sigmund Freud para designar una particular condición o bien demanda a la que se ven sometidos los procedimientos oníricos de figuración: los pensamientos del sueño deben poder ser representados por imágenes visuales, lo que requiere convertirlos y escoger aquellos para los que existan las imágenes convenientes. Esta figuración sometida a la condición de su representabilidad es uno de los 4 de los procesos psíquicos que Freud describe como responsables de la capacitación del sueño, siendo los otros 3 la condensación, el desplazamiento y la preparación secundaria. Debido a que el sueño demanda que todos y cada uno de los pensamientos y también ideas que se tendrán que expresar por este medio lo hagan por medio de imágenes visuales, la consideración de la representabilidad juega un papel esencial para su capacitación. De todos y cada uno de los pensamientos centrales del sueño se escogerán aquellas ramas que pueden ser representadas por imágenes. En este sentido, forma la contraparte de la condensación, pues esta última se ocupa de elegir, de todo el cosmos de imágenes posibles, aquellas que consigan condensar múltiples significaciones. Respecto de los desplazamientos, en cambio, la consideración de la representabilidad hace que una determinada expresión se desplace desde la palabra no representable cara una imagen substituta. J. Laplanche y J.B. Pontalis aportan un caso muy ilustrativo en su Diccionario de Psicoanálisis: El sueño no puede representar de una forma lógica las relaciones existentes entre los diferentes elementos de los que está compuesto. No va a ser posible (como procura el alegato siendo consciente del sujeto en vigilia) una ilación lógica que exprese relaciones de causalidad, de pertenencia, de inclusión o bien exclusión, de conjunción y disjunción. El sueño no es un alegato lógico, mas tampoco es "un dibujo" o bien imagen que pueda ser interpretada como tal. Freud insiste en la necesidad de que el trabajo interpretativo opere con la idea de que un sueño se semeja más a un jeroglífico (a descifrar) o bien una pictografía: Más adelante, Freud añade lo siguiente sobre el funcionamiento concreto de los procedimientos de figuración onírica sometidos a esta la condición de la representabilidad: Estos procedimientos de figuración y la regla de representabiliadad no forman en lo más mínimo un trabajo de composición creativa, sino se semejan considerablemente más a un trabajo de traducción. Tampoco son «creativos» los otros procesos psíquicos de trabajo del sueño: su misión es el enmascaramiento. En mil novecientos catorce, o sea 15 años tras la publicación de La Interpretación de los sueños, Freud consideró preciso efectuar una adenda en el capítulo VI, para reanudar y aclarar el punto discutido de los "sueños habituales" que describe en el capítulo precedente. Freud atisbaba un cierto riesgo de que esta "figuración a través de símbolos habituales" acabase siendo por último solamente que una nueva versión de "clave de los sueños", paradigma del que justo deseaba separarse su procedimiento interpretativo basado centralmente en las asociaciones libres del soñante. En este agregado, Freud define que la traducción a símbolos debería intervenir solo como técnica socorrer.